La Alcaldía de San Fernando decretó nuevas medidas para el cumplimiento de la cuarentena social que rige en el país hasta que sea levantada la cuarentena social con el propósito de contener la pandemia COVID-19.
El decreto N° 03-2020, indica que Se restringe con carácter obligatorio el horario hábil para el funcionamiento de los comercios autorizados para laborar durante el periodo de la cuarentena social, el cual queda comprendido entre las horas de las 7:00AM y la 1:00PM, durante los días lunes a Domingo, con excepción del sector medicina y salud.
También, Se prohíbe temporalmente la circulación de vehículos de transporte público de pasajeros durante los días lunes a sábado, en el horario comprendido entre las 2:00PM, hasta las 6:00AM. En caso de desacato del presente acto, la unidad de transporte será sancionada con la suspensión “temporal o definitiva” para la prestación del servicio.
Se exhorta a la Superintendente Tributaria Municipal del Municipio San Fernando, así como a los entes de seguridad ciudadana, y demás órganos y autoridades competentes, a dar cumplimiento al presente Acto Administrativo.
Dado, firmado y sellado, en el Despacho de la Alcaldesa del Municipio San Fernando, Estado Apure, a los ocho (08) días del mes de abril del año 2020.